Artículo 1Aprobación del convenio de suscripción de acciones con la CAF
Texto oficial
Apruébase lo dispuesto por el Convenio de Suscripción de
Acciones de Capital Ordinario serie “B” firmado entre la República
Argentina y la Corporación Andina de Fomento (CAF) firmado en la ciudad
de Panamá, República de Panamá, el día 15 de marzo de 2016, que consta
de nueve (9) cláusulas, cuya copia autenticada forma parte integrante
de la presente ley como anexo I. La República Argentina convino en
suscribir cuarenta mil doscientas ochenta y cinco (40.285) acciones
nominativas de la serie “B” correspondientes al capital ordinario de la
citada corporación, cada una con un valor patrimonial de dólares
estadounidenses catorce mil doscientos (u$s 14.200). El monto total del
aporte es de dólares estadounidenses quinientos setenta y dos millones
cuarenta y siete mil (u$s 572.047.000), cantidad que se pagará en siete
(7) cuotas anuales y consecutivas entre los años 2017, 2018, 2019,
2020, 2021, 2022 y 2023, la primera cuota por un monto de hasta dólares
estadounidenses cuarenta y un millones setecientos cuarenta y ocho mil
(u$s 41.748.000), las siguientes cinco (5) cuotas, por un monto de
dólares estadounidenses ochenta y ocho millones trescientos noventa y
cinco mil (u$s 88.395.000) cada una y la última cuota por un monto de
dólares estadounidenses ochenta y ocho millones trescientos
veinticuatro mil (u$s 88.324.000). Cabe destacar que cada uno de los
pagos deberá realizarse antes del día 30 de septiembre de cada año
calendario. El último de los pagos no podrá efectuarse más allá del 30
de septiembre de 2023.
Qué significa en la práctica
Aprueba el Convenio de Suscripción de Acciones de Capital Ordinario serie B firmado entre la Argentina y la Corporación Andina de Fomento (CAF) en Panamá el 15 de marzo de 2016, que consta de nueve cláusulas y se incorpora como Anexo I. La Argentina se comprometió a suscribir 40.285 acciones nominativas serie B del capital ordinario de la corporación, de 14.200 dólares de valor patrimonial cada una: un aporte total de 572.047.000 dólares, pagadero en siete cuotas anuales y consecutivas entre 2017 y 2023 (la primera de hasta 41.748.000 dólares, las cinco siguientes de 88.395.000 cada una y la última de 88.324.000). Cada pago debe hacerse antes del 30 de septiembre del año calendario, y el último no puede pasar del 30 de septiembre de 2023.