Ley 27.388

Artículo 1Puerto Madryn, Capital Nacional del Buceo y las Actividades Subacuáticas

Texto oficial

Declárase “Capital Nacional del Buceo y las Actividades Subacuáticas”, a la ciudad de Puerto Madryn en la provincia del Chubut.

Qué significa en la práctica

Otorga a la ciudad de Puerto Madryn, en la provincia del Chubut, el título de “Capital Nacional del Buceo y las Actividades Subacuáticas”. Es una declaración honorífica: reconoce a la ciudad como sede simbólica de la actividad subacuática del país, sin crear organismos, asignar fondos ni imponer obligaciones a nadie.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.388 completaLeyes