Ley 27.390

Artículo 1Declaración de Fiesta Nacional (diciembre de cada año)

Texto oficial

Declárese Fiesta Nacional a “La Fiesta de la Navidad Cordillerana” durante el mes de diciembre de cada año.

Qué significa en la práctica

Eleva “La Fiesta de la Navidad Cordillerana” a la categoría de Fiesta Nacional y ubica su celebración en el mes de diciembre de cada año. Es una jerarquización honorífica: no fija un día exacto ni obliga a organizarla.

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