Ley 27.391

Artículo 3Inclusión en el Calendario Turístico Nacional

Texto oficial

Inclúyase la misma en el Calendario Turístico Nacional.

Qué significa en la práctica

Ordena incorporar la fiesta al Calendario Turístico Nacional, la agenda oficial con la que el Estado nacional difunde y promociona los eventos del país. Es el efecto práctico de la ley: la fiesta pasa a integrar la promoción turística oficial.

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