Ley 27.397

Artículo 8Vigencia y reglamentación

Texto oficial

La presente ley entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, y será reglamentada por la dentro de los noventa (90) días subsiguientes.

Qué significa en la práctica

La ley entra en vigencia el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y debe ser reglamentada por la dentro de los 90 días siguientes.

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