Ley 27.414

Artículo 1El caballo Criollo, Caballo Nacional y Patrimonio Cultural

Texto oficial

Declarar al caballo de raza Criolla como Caballo Nacional y Patrimonio Cultural de la Argentina.

Qué significa en la práctica

Declara al caballo de raza Criolla como Caballo Nacional y Patrimonio Cultural de la Argentina. Es una declaración simbólica: no crea un régimen de protección de la raza, no regula su cría, su registro genealógico ni su comercialización, no asigna fondos ni designa .

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