Ley 27.431

Artículo 103Aporte a la AIF: decimoctava reposición

Texto oficial

Apruébese el aumento de aporte de la República Argentina a la Asociación Internacional De Fomento (AIF), en el marco del “Aumento de los recursos de la AIF: decimoctava reposición” por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES (U$S 8.000.000), cuyo pago quedará sujeto a las exigencias del Organismo. A fin de hacer frente a los pagos emergentes del presente artículo, autorízase al Banco Central de la República Argentina, a efectuar en nombre y por cuenta de la República Argentina los aportes establecidos con los correspondientes fondos de contrapartida, que serán aportados por el Tesoro nacional.

Qué significa en la práctica

Aprueba el aumento del aporte argentino a la Asociación Internacional de Fomento por U$S 8.000.000 en el marco de la decimoctava reposición de recursos, sujeto a las exigencias del organismo. Igual que el artículo anterior, autoriza al Banco Central a hacer el aporte por cuenta de la República con fondos de contrapartida del Tesoro nacional.

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