Artículo 121Sustitúyese el inciso g) del artículo 101 del decreto-ley 5.965/63
Texto oficial
Sustitúyese el inciso g) del artículo 101 del decreto-Régimen de la Letra de Cambio y el Pagaré/63, por el siguiente:
g) La firma del que ha creado el título (suscritor). Si el instrumento
fuere generado por medios electrónicos, y el acreedor fuera una entidad
financiera comprendida en la Ley de Entidades Financieras y sus modificatorias, y/o
cuando sea negociado en mercados bajo de la Comisión
Nacional de Valores, el requisito de la firma quedará satisfecho si se
utiliza cualquier método que asegure indubitablemente la
exteriorización de la voluntad del suscriptor y la integridad del
instrumento.
Qué significa en la práctica
Sustitúyese el inciso g) del Art. 101 del decreto-Régimen de la Letra de Cambio y el Pagaré/63, por el siguiente. En detalle: g) La firma del que ha creado el título (suscritor). Si el instrumento fuere generado por medios electrónicos, y el acreedor fuera una entidad financiera comprendida en la Ley de Entidades Financieras y sus modificatorias, y/o cuando sea negociado en mercados bajo de la Comisión Nacional de Valores, el re…
Efectos prácticos
•Sustitúyese el inciso g) del artículo 101 del decreto-ley 5.965/63, por el siguiente: