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Art. 32
Ley 27.445
Artículo 32
El Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Transporte, dictará las normas aclarato…
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Texto oficial
El Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Transporte, dictará las normas aclaratorias y complementarias del presente capítulo.
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Transporte, dictará las normas aclaratorias y complementarias del presente capítulo.
Efectos prácticos
•
El Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Transporte, dictará las normas aclaratorias y complementarias del presente capítulo.
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