Ley 27.447

Artículo 7Autorización de los profesionales

Texto oficial

La autorización a jefes, subjefes y profesionales del equipo de salud debe ser otorgada por la autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente, la cual debe informar de la gestión a la autoridad sanitaria nacional a fin de mantener la integridad del sistema.

Qué significa en la práctica

La autorización de jefes, subjefes y profesionales la otorga la autoridad sanitaria jurisdiccional.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Trasplante (Ley Justina) completaLeyes