Volver al listado

Ley 27.448

VigenteNacional

Convenio aduanero relativo al transporte internacional de mercancías al amparo de los cuadernos TIR (Convenio TIR de 1975)

Sanción:4 de julio de 2018BO:26 de julio de 2018Ver fuente oficial
2artículos
tránsito aduanerotransporte internacional de mercancíascuaderno TIRfacilitación del comerciotransporte por carretera
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Un camión que cruza varios países pierde días en cada frontera: cada aduana de tránsito puede abrir la carga, exigir garantías y liquidar tributos que después se devuelven. El Convenio TIR, negociado en Ginebra en 1975 en el ámbito de las Naciones Unidas, cambia esa lógica: la mercadería viaja en vehículos o contenedores precintados, amparada por un documento aduanero internacional —el cuaderno TIR— y respaldada por una cadena internacional de garantía. Las aduanas de tránsito reconocen los precintos, suspenden el cobro de derechos e impuestos y no reinspeccionan la carga. La Argentina lo aprueba en 2018 por esta ley de dos artículos, que aprueba el Convenio y sus enmiendas como anexo.

Objetivo

Aprobar el Convenio TIR para que la Argentina se incorpore al régimen aduanero internacional de tránsito de mercancías bajo cuaderno TIR.

Problema que resuelve

El transporte internacional de mercancías por carretera se demora y encarece en cada frontera por controles, garantías y liquidación de tributos que se repiten en cada aduana de tránsito.

A quiénes alcanza

transportistas internacionales de cargaexportadores e importadoresdespachantes de aduanaAduana y organismos de frontera
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente por el Convenio TIR y debe reconocer, en sus aduanas, el régimen de tránsito bajo cuaderno TIR y los precintos aduaneros.
  • El transporte amparado por el régimen debe cumplir las condiciones del Convenio: vehículos o contenedores aprobados y precintados, cuaderno TIR y garantía.

Derechos que reconoce

  • Que las mercancías en tránsito internacional circulen sin pagar derechos ni impuestos en las aduanas de paso y sin reinspecciones intermedias, mientras estén amparadas por el cuaderno TIR.

Casos de uso

  • Un camión con carga que atraviesa varios países hasta su destino final.
  • Un exportador que quiere reducir los tiempos y los costos de frontera de su mercadería.
  • Una aduana que debe reconocer los precintos y el cuaderno TIR de un transporte en tránsito.

Preguntas frecuentes

Es el documento aduanero internacional que ampara una carga en tránsito por varios países. Con él, las aduanas de paso reconocen los precintos, no reinspeccionan la mercadería y suspenden el cobro de derechos e impuestos, que quedan cubiertos por una cadena internacional de garantía.