La presente ley se aplicará al comercial
internacional, y lo regirá en forma exclusiva, sin perjuicio de
cualquier tratado multilateral o bilateral vigente en la República
Argentina.
Qué significa en la práctica
Fija que la ley rige de forma exclusiva el comercial internacional, sin perjuicio de los tratados multilaterales o bilaterales vigentes en la Argentina (que prevalecen).