Artículo 2Aceptación de la transferencia de propiedad
Texto oficial
Acéptase la transferencia de propiedad efectuada por la
provincia de Buenos Aires al Estado nacional mediante el artículo 1º
bis de la ley provincial 14.874 –texto ordenado por la ley provincial
15.006–, sobre las parcelas enunciadas en el anexo I, apartado 2, de la
presente.
Qué significa en la práctica
El Estado nacional acepta también la transferencia de propiedad efectuada por la provincia de Buenos Aires sobre las parcelas enunciadas en el anexo I, apartado 2.