Artículo 108Fondos del PROSAS para emprendimientos forestales
Texto oficial
Facúltase al jefe de Gabinete de Ministros a incorporar
en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de Agroindustria del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, los recursos provenientes de los
aportes voluntarios de las compañías aseguradoras al Programa de
Sustentabilidad Ambiental y Seguros (PROSAS), y, si los hubiese, los
recursos de igual procedencia remanentes de ejercicios anteriores.
Ellos serán destinados a promover inversiones en nuevos emprendimientos
forestales y en las ampliaciones de los bosques existentes que se
efectúen en el marco de lo dispuesto en la Ley de Bosques Cultivados de Inversiones
para Bosques Cultivados.
Qué significa en la práctica
Faculta al jefe de Gabinete a incorporar en la Secretaría de Gobierno de Agroindustria los aportes voluntarios de las compañías aseguradoras al Programa de Sustentabilidad Ambiental y Seguros (PROSAS), incluidos los remanentes de ejercicios anteriores. Deben destinarse a promover inversiones en nuevos emprendimientos forestales y en ampliaciones de bosques existentes, en el marco de la Ley de Bosques Cultivados de Inversiones para Bosques Cultivados.