Ley 27.532

Artículo 6Periodicidad

Texto oficial

La Encuesta Nacional del Uso del Tiempo se debe realizar de manera permanente con una periodicidad de dos (2) años.

Qué significa en la práctica

La encuesta es permanente y debe realizarse cada dos años.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.532 completaLeyes