Facúltase al Jefe de Gabinete a prorrogar la vigencia de
las medidas previstas en este capítulo por ciento ochenta (180) días y
hasta el límite de los beneficios instituidos.
Qué significa en la práctica
Faculta al Jefe de Gabinete a prorrogar por ciento ochenta días la vigencia de las medidas de este capítulo, hasta el límite de los beneficios instituidos.