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Ley 27.585

VigenteNacional

Acuerdo de Cooperación Técnica con la República de Kenia

Sanción:11 de noviembre de 2020BO:16 de diciembre de 2020Ver fuente oficial
2artículos
cooperación técnicacooperación internacionaltratados bilateralesrelaciones con África
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La cooperación técnica es la forma habitual en que dos países intercambian capacidades: envío de expertos, transferencia de conocimientos, proyectos conjuntos en áreas como agricultura, salud o tecnología. Para que ese intercambio tenga un cauce estable hace falta un acuerdo marco. Esta ley aprueba el Acuerdo de Cooperación Técnica firmado con la República de Kenia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 14 de marzo de 2017, de trece artículos, que se incorpora como anexo y forma parte de la ley. El acuerdo fija el paraguas jurídico; los proyectos concretos se acuerdan después dentro de ese marco.

Objetivo

Aprobar el Acuerdo de Cooperación Técnica celebrado con la República de Kenia.

Problema que resuelve

La cooperación técnica con Kenia no contaba con un acuerdo marco bilateral que le diera continuidad y un cauce jurídico a los proyectos de asistencia e intercambio.

A quiénes alcanza

organismos públicos de cooperacióninstituciones técnicas y científicasEstado nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente por el Acuerdo de Cooperación Técnica con Kenia, en los términos del instrumento aprobado.

Derechos que reconoce

  • Que las instituciones de ambos países puedan encuadrar proyectos de cooperación técnica en un acuerdo marco vigente.

Casos de uso

  • Un proyecto de asistencia técnica argentina en Kenia en materia agropecuaria o sanitaria.
  • Un intercambio de expertos entre instituciones de ambos países.

Preguntas frecuentes

El Acuerdo de Cooperación Técnica con la República de Kenia, celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 14 de marzo de 2017, que consta de trece artículos y se incorpora como anexo (art. 1°).