Ley 27.589

Artículo 4Coordinación del plan de trabajo

Texto oficial

El Ministerio del Interior coordinará con las autoridades provinciales y las organizaciones de la sociedad civil la elaboración del plan de trabajo de las reuniones que se celebren en el marco del Programa “GABINETE FEDERAL” creado por el artículo 2° de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Encomienda al Ministerio del Interior coordinar con las autoridades provinciales y las organizaciones de la sociedad civil la elaboración del plan de trabajo de las reuniones del programa.

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