Artículo 14Vigencia: efectos desde el 1° de enero de 2021
Texto oficial
La presente ley comenzará a regir el día de su publicación en
el Boletín Oficial de la República Argentina y tendrá efectos a partir
del período fiscal iniciado el 1° de enero de 2021, inclusive.
Qué significa en la práctica
La ley rige desde su publicación en el Boletín Oficial, pero con efectos retroactivos al período fiscal iniciado el 1° de enero de 2021. En la práctica, obligó a recalcular y devolver retenciones ya practicadas en los primeros meses del año.