Ley 27.617

Artículo 14Vigencia: efectos desde el 1° de enero de 2021

Texto oficial

La presente ley comenzará a regir el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y tendrá efectos a partir del período fiscal iniciado el 1° de enero de 2021, inclusive.

Qué significa en la práctica

La ley rige desde su publicación en el Boletín Oficial, pero con efectos retroactivos al período fiscal iniciado el 1° de enero de 2021. En la práctica, obligó a recalcular y devolver retenciones ya practicadas en los primeros meses del año.

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