La Coordinación Ejecutiva de la Estrategia Nacional de
Educación Ambiental Integral (CENEAI) tendrá la misión de generar los
mecanismos apropiados para viabilizar la concreción de las
disposiciones de los artículos 3º y 5º a través de las instancias
correspondientes y de revisar periódicamente la Estrategia Nacional de
Educación Ambiental Integral (ENEAI), atendiendo como mínimo y
específicamente:
a) Asegurar la administración, gestión y concreción de la Estrategia
Nacional de Educación Ambiental Integral (ENEAI) en todos los ámbitos
de aplicación;
b) La efectiva incorporación y gestión transversal de la educación
ambiental en todos los niveles y modalidades del sistema educativo
nacional;
c) La formulación de programas nacionales de educación ambiental en el
ámbito de la formación docente inicial y continua, en todos los niveles
y modalidades del sistema educativo nacional;
d) La elaboración de lineamientos teóricos y metodológicos sobre
educación ambiental para incorporar a la formación científica,
tecnológica, técnica, en las ciencias sociales y la formación ciudadana;
e) La capacitación y asistencia técnica de los y las agentes de la administración pública de las distintas jurisdicciones;
f) La elaboración y publicación de materiales de educación ambiental oficiales y gratuitos;
g) La identificación de necesidades e intereses de la comunidad y prioridades del país y sus regiones en la temática;
h) La promoción del fortalecimiento de las acciones de las
organizaciones de la sociedad civil que incluyan la educación ambiental
entre sus finalidades, procurando su articulación con la Estrategia
Nacional de la Educación Ambiental Integral (ENEAI);
i) El impulso en la ejecución de campañas públicas permanentes de comunicación y educación ambiental de amplio alcance;
j) La divulgación amplia y regular de la información y el conocimiento
que el proceso de la Estrategia Nacional de Educación Ambiental
Integral (ENEAI) genere en las distintas instancias involucradas;
k) La generación de un informe anual sobre los avances de la Estrategia
Nacional de Educación Ambiental Integral (ENEAI) para presentar ante el
Poder Legislativo y la ciudadanía, conforme lo establece el Art. 18 — Ley General del Ambiente, 25.675;
l) La producción de campañas de sensibilización y contenidos
audiovisuales para ser difundidos por el sistema de medios de
comunicación públicos o privados.
Funcionamiento
Qué significa en la práctica
Encomienda a la CENEAI generar los mecanismos para concretar los artículos 3º y 5º y revisar periódicamente la ENEAI. Enumera sus funciones (incisos a a l): administrar y concretar la estrategia, incorporar la educación ambiental de manera transversal en todos los niveles del sistema educativo, formar docentes, elaborar lineamientos, capacitar agentes públicos, publicar materiales gratuitos, impulsar campañas, divulgar información, presentar un informe anual ante el Poder Legislativo (conforme el Art. 18 — Ley General del Ambiente) y producir contenidos audiovisuales de sensibilización.