Ley 27.658

Artículo 5Gastos a cargo del municipio

Texto oficial

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente estarán a cargo de la beneficiaria.

Qué significa en la práctica

Todos los gastos que demande el cumplimiento de la ley (escrituración, mensura, inscripción registral) los paga la Municipalidad de Río Gallegos, que es la beneficiaria. El Estado nacional cede el inmueble pero no aporta fondos.

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