Ley 27.671

Artículo 7Modo en que los agentes se capacitan

Texto oficial

Las personas referidas en el artículo 1°, deben realizar las capacitaciones en el modo y forma que establezcan los respectivos organismos a los que pertenecen.

Qué significa en la práctica

Establece que los funcionarios y agentes alcanzados por el artículo 1° deben realizar las capacitaciones en el modo y la forma que fije el organismo al que pertenecen.

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