Artículo 1Aceptación de la transferencia de jurisdicción de Entre Ríos
Texto oficial
Acéptase la transferencia de efectuada por la
provincia de Entre Ríos al Estado nacional mediante el artículo 3º de
la ley provincial 10.841, sobre el área delimitada en el artículo 1º de
la misma norma.
Qué significa en la práctica
El Estado nacional acepta la transferencia de que la provincia de Entre Ríos le efectúa (por el art. 3º de la ley provincial 10.841) sobre el área delimitada en el art. 1º de esa misma norma provincial, para ampliar el Parque Nacional Pre-Delta.