Artículo 4Creación del Parque y la Reserva Nacional Ansenuza
Texto oficial
Encontrándose cumplidos los requisitos previstos por los
Art. 1 — Ley de Parques Nacionales, créase el Parque y
Reserva Nacional Ansenuza, que, a partir de la promulgación de la
presente, quedarán sometidos al régimen de la citada Ley de , Monumentos Naturales y Reservas Nacionales.
Qué significa en la práctica
Cumplidos los requisitos de la Ley de Parques Nacionales de , se crean el Parque Nacional y la Reserva Nacional Ansenuza, que desde la promulgación quedan sometidos al régimen de esa ley (máxima categoría de protección federal).