Ley 27.678

Artículo 6Funciones de la autoridad

Texto oficial

Funciones de la . Son funciones de la las siguientes: a) Diseñar, desarrollar e implementar acciones integradas en un modelo de atención de cuidados paliativos que contemple el acceso oportuno y continuo a los cuidados paliativos a lo largo de todo el ciclo vital, desde el período perinatal hasta las personas mayores, y en los distintos niveles y modalidades de atención, incluyendo el domicilio. b) Impulsar el desarrollo de dispositivos de cuidados paliativos para pacientes y familiares y/o entorno significativo coordinados en red a partir y durante el tiempo que resulte necesario incluyendo el duelo en caso de fallecimiento. c) Propiciar la conformación de equipos de trabajo interdisciplinario y multidisciplinario para el área de cuidados paliativos en todos los subsectores de salud. d) Promover la figura del voluntariado en los equipos interdisciplinarios en las distintas modalidades. e) Propiciar el acceso a medicamentos esenciales en cuidados paliativos, especialmente a los analgésicos en distintas formulaciones, revisando la normativa vigente y actualizándola según recomendaciones actuales. f) Fomentar la capacitación y formación en cuidados paliativos básicos para profesionales de la salud en todos los niveles educativos terciario o universitario, tanto en grado como en postgrado y la especialización en los mismos. El presente inciso tendrá una aplicación gradual y progresiva, acorde al desarrollo de las acciones preparatorias en aspectos curriculares y de capacitación. g) Fomentar la capacitación y formación permanente en cuidados paliativos en todos los niveles de atención, con especial énfasis en la atención primaria de la salud. h) Promover y apoyar la investigación científica en cuidados paliativos. i) Elaborar y difundir materiales accesibles de comunicación y capacitación orientados a la sensibilización sobre los derechos de las personas a recibir cuidados paliativos y a instalar el enfoque integral que estos promueven. j) Proporcionar a la comunidad los conocimientos y herramientas necesarios para sostener el proceso de cuidado del paciente en el ámbito familiar y comunitario. k) Elaborar y actualizar niveles de intervención y criterios de derivación, propiciando que los establecimientos públicos, privados con o sin fines de lucro, y de la seguridad social, adopten medidas que permitan el acceso equitativo a los cuidados paliativos en todas las etapas de una enfermedad que amenace y/o limite la vida. l) Promover la celebración de convenios con los distintos actores involucrados en la temática. m) Promover en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA) acciones de cooperación regional. Y continuar con las acciones de cooperación a nivel nacional enmarcadas en el Programa Nacional de Cuidados Paliativos (PNCP) n) Propiciar el trabajo colaborativo con las organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática. o) Promover la detección de personas que por su diagnóstico médico requieran de atención paliativa; y, a partir de los datos epidemiológicos obtenidos, establecer el rediseño de una política sanitaria activa en la materia. p) Promover el diseño e implementación de un sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación de la accesibilidad a los cuidados paliativos para que, en coordinación con las jurisdicciones, se elaboren informes periódicos.

Qué significa en la práctica

Diseñar el programa de cuidados paliativos, capacitar al personal, promover la disponibilidad de los medicamentos necesarios (incluidos opioides) y articular con las jurisdicciones.

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