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Ley 27.680
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Art. 25
Ley 27.680
Artículo 25
Orden público
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Texto oficial
La presente ley es de orden público y rige en todo el territorio nacional.
Qué significa en la práctica
Declara que la ley es de orden público y rige en todo el territorio nacional (sus normas no pueden dejarse de lado por acuerdo de partes).
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