Ley 27.686

Artículo 23Creación del Instituto de la Movilidad

Texto oficial

Créase el Instituto de la Movilidad como ente de derecho público no estatal que tendrá por objeto fomentar la consolidación de un ecosistema productivo sustentable a través de la coordinación entre los diferentes eslabones de la cadena de valor, el Estado nacional, el colectivo de los trabajadores y las trabajadoras y las instituciones de apoyo científico y tecnológico. El Instituto de la Movilidad dictará su propio Estatuto Interno y se regirá por este y por las normas que le sean aplicables conforme a su naturaleza jurídica, sus objetivos y sus funciones.

Qué significa en la práctica

Crea el Instituto de la Movilidad como ente de derecho público no estatal, con el objeto de consolidar un ecosistema productivo sustentable coordinando a la cadena de valor, el Estado nacional, los trabajadores y las instituciones científico-tecnológicas. El Instituto dicta su propio estatuto interno.

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