Artículo 10Acceso público al grado de cumplimiento
Texto oficial
Acceso a la información. La debe brindar acceso público y difundir el grado de cumplimiento de esta ley mediante soporte electrónico, página web o medio similar accesible, con indicadores cuantitativos, cualitativos, estadísticas y evaluaciones sobre el impacto de las capacitaciones realizadas.
Qué significa en la práctica
La debe publicar y difundir —en web o soporte electrónico accesible— el grado de cumplimiento de la ley, con indicadores cuantitativos y cualitativos, estadísticas y evaluaciones de impacto de las capacitaciones. Es lo que permite saber si la ley se cumple de verdad o solo en el papel.