Ley 27.716

Artículo 1Objeto: cómo se comunica un diagnóstico de síndrome de Down

Texto oficial

Objeto Principal. La presente ley tiene por objeto asegurar la contención y acompañamiento de las personas que reciben un diagnóstico de Trisomía 21/síndrome de Down para su hijo en gestación o recién nacido, mediante una adecuada comunicación interpersonal e información objetiva y actualizada de la condición informada.

Qué significa en la práctica

La ley asegura la contención y el acompañamiento de las personas que reciben un diagnóstico de Trisomía 21 o síndrome de Down para su hijo en gestación o recién nacido, mediante una comunicación adecuada. Parte de un problema real y documentado: el modo en que se comunica el diagnóstico —muchas veces con un tono catastrófico, con información desactualizada o directamente con una sugerencia de interrumpir— condiciona todo lo que viene después para esa familia.

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