Ley 27.727

Artículo 6Puede firmar convenios de cooperación

Texto oficial

La Universidad Nacional del Delta, por medio del Ministerio de Educación de la Nación, queda facultada para suscribir convenios de cooperación con universidades públicas o privadas de nuestro país y de otras partes del mundo y con organismos públicos y privados de orden local, nacional e internacional.

Qué significa en la práctica

La universidad, por medio del Ministerio de Educación, queda facultada para suscribir convenios de cooperación con las instituciones que la ley indica.

Normas relacionadas

← Ver en Universidad Nacional del Delta completaLeyes