Ley 27.728

Artículo 5Autoriza a recibir bienes de la provincia y los municipios

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional queda autorizado a gestionar y aceptar del gobierno de la provincia de Buenos Aires, de la Municipalidad de Pilar y de personas físicas y/o jurídicas, públicas y/o privadas, cesiones, donaciones o legados de bienes muebles e inmuebles para el cumplimiento de lo establecido en la presente ley, los que, una vez perfeccionado el , integrarán el patrimonio de la Universidad Nacional de Pilar.

Qué significa en la práctica

Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar y aceptar de la provincia, los municipios y demás entidades la cesión de bienes muebles e inmuebles para el funcionamiento de la universidad.

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