Ley 27.730

Artículo 4Oferta académica integral e innovadora

Texto oficial

La oferta académica de la Universidad Nacional de Río Tercero será integral e innovadora mediante carreras presenciales y/o a distancia de pregrado, grado y posgrado, como así también ofertas educativas no formales sostenidas sobre los pilares de la inclusión y la calidad, orientadas en forma principal, no excluyente, a las áreas vinculadas a los sectores productivos de bienes y servicios de la economía regional, a la actividad desarrollada en el Parque Industrial Río Tercero y zonas de influencia y las demandas de la comunidad universitaria. La Universidad Nacional de Río Tercero procurará planificar la articulación de sus carreras para evitar la superposición de su oferta académica a nivel geográfico con otras universidades nacionales, institutos universitarios públicos e institutos de educación superior públicos.

Qué significa en la práctica

La oferta académica debe ser integral e innovadora, orientada a las necesidades de la región, con las carreras que la ley contempla.

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