Ley 27.735

Artículo 1Autoriza el ingreso de tropas extranjeras y la salida de fuerzas nacionales

Texto oficial

Autorízase la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera de él de fuerzas nacionales, según corresponda, para participar en los ejercicios contemplados en el Programa de Ejercitaciones Combinadas a realizarse desde el 1º de septiembre de 2023 hasta el 31 de agosto de 2024. Los ejercicios combinados que componen el presente programa anual se detallan en los anexos: I “Acrux”, II “Atlasur”, III “Fraterno”, IV “Inalaf”, V “Passex”, VI “Unitas”, VII “Viekaren”, VIII “Cruzex”, los cuales forman parte integrante de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Autoriza la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida de fuerzas nacionales, para los ejercicios y actividades que la ley detalla. Es una atribución exclusiva del Congreso: el artículo 75 inciso 28 de la Constitución Nacional le reserva permitir el ingreso de tropas extranjeras y la salida de las propias. Es una de las garantías clásicas del control civil sobre las fuerzas armadas.

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