Ley 27.744

Artículo 3Actividades educativas conmemorativas en las escuelas

Texto oficial

El Ministerio de Educación, mediante el Consejo Federal de Educación, en coordinación con las autoridades educativas de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dispondrá los medios necesarios a fin de que los establecimientos de educación pública primarios y secundarios de gestión estatal y privada, organicen y desarrollen actividades conmemorativas para dicha fecha.

Qué significa en la práctica

El Ministerio de Educación organiza, en las escuelas primarias y secundarias del país, actividades conmemorativas para esa fecha.

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