Ley 27.773

Artículo 1Aprueba las Enmiendas a la Constitución de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM)

Texto oficial

Apruébanse las Enmiendas a la Constitución de la Organización Internacional para las Migraciones, adoptadas por Resolución Nº 997 del Consejo de la Organización Internacional para las Migraciones en la ciudad de Ginebra -CONFEDERACIÓN SUIZA- el 24 de noviembre de 1998 cuyas copias autenticadas forman parte de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Aprueba enmiendas a la Constitución de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Con la aprobación del Congreso, el instrumento internacional queda incorporado al ordenamiento jurídico argentino.

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