Ley 27.777

Artículo 1Autoriza a ciudadanos argentinos a ejercer como cónsules y vicecónsules honorarios de gobiernos extranjeros

Texto oficial

Concédese autorización para desempeñar sus respectivos cargos de Cónsules y Vicecónsules Honorarios, propuestos por gobiernos extranjeros según lo establecido en la Ley 23.732, a los ciudadanos argentinos comprendidos en la nómina anexa, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley; acorde con las constancias enviadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Qué significa en la práctica

Modifica la Ley 23.732: ciudadanos argentinos que ejercen como cónsules o vicecónsules honorarios de gobiernos extranjeros.

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