Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Ingresar
Crear cuenta
Inicio
/
Leyes
/
Emergencia por los incendios en Córdoba
/
Art. 6
Ley 27.782
Artículo 6
Reasignación de partidas presupuestarias
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Guardar
Texto oficial
Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a reasignar las partidas presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente ley.
Qué significa en la práctica
Faculta al Jefe de Gabinete a reasignar las partidas presupuestarias necesarias para cumplir la ley.
← Artículo anterior
Art. 5 — Facilidades impositivas y previsionales para los damnificados
Artículo siguiente →
Art. 7 — Comuníquese al Poder Ejecutivo
Normas relacionadas
Relacionada con
Constitución de la Nación Argentina
→
← Ver en Emergencia por los incendios en Córdoba completa
Leyes →