Ley 27.784

Artículo 8Cláusula transitoria

Texto oficial

Cláusula transitoria. Las modificaciones al Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal de la Nación aprobado por la Ley 23.984 (Código Procesal Penal de la Nación) previstas en la presente ley, regirán en aquellas jurisdicciones en las que aún no hubiera entrado en vigencia el Código Procesal Penal Federal (t. o. 2019), de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal.

Qué significa en la práctica

Cláusula transitoria: las reformas al viejo Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal de la Nación (23.984) rigen en las jurisdicciones donde todavía no entró en vigencia el nuevo Código Procesal Penal Federal (t.o. 2019).

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