Ley 27.797

Artículo 30Funciones de la autoridad nacional

Texto oficial

Funciones. Son funciones de la nacional: a) Fortalecer la rectoría y gobernanza en articulación con las autoridades del sistema de salud; b) Promover la implementación de los procesos permanentes de calidad y seguridad de la atención sanitaria, brindando marcos de regulación e instrumentos normalizados que impulsen los procesos de desarrollo de la calidad; c) Desarrollar políticas y programas para la evaluación de calidad y seguridad de la atención; d) Fortalecer la regulatoria en materia de calidad y seguridad de la atención; e) Desarrollar consensos de políticas sanitarias en los ámbitos del Consejo Federal de Salud (COFESA) y el Consejo Federal Legislativo de Salud (Cofelesa), para fortalecer las regulaciones a nivel federal en calidad y seguridad de la atención sanitaria, como también sobre las profesiones, las especialidades y la fiscalización de calidad y seguridad de la atención en los servicios y entidades de salud; f) Respaldar y articular estrategias para la formación en la calidad y seguridad de la atención del equipo de salud, su protección y desarrollo, brindando herramientas para promover la formación permanente en las temáticas más relevantes, actuales y de innovación; g) Conformar una red federal de calidad y seguridad sanitaria, integrada por representantes del Ministerio de Salud de la Nación, incluyendo los organismos bajo su órbita que a tal efecto establezca; los ministerios de salud provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y representantes de la seguridad social; h) Establecer, en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA), un marco de estándares mínimos que garanticen procesos de certificación del compromiso con la calidad de las instituciones proveedoras de los servicios de salud, alineados con los objetivos de calidad y seguridad de la atención previstos en la presente ley; i) Determinar los mecanismos que resulten necesarios para la implementación efectiva de programas de calidad y seguridad del y la paciente; j) Promover la incorporación de contenido acerca de calidad y seguridad de la atención en las universidades e institutos de educación superior, en el marco del Consejo Federal de Educación; k) Monitorear y evaluar la implementación de la presente ley, incluyendo la construcción de indicadores priorizados que den cuenta del avance del compromiso con la calidad de las instituciones proveedoras de servicios de salud; l) Elaborar un informe bianual, de acceso público, detallando la información recabada a partir del inciso . Capítulo VIII Disposiciones finales

Qué significa en la práctica

Enumera las funciones de la nacional (rectoría, gobernanza, articulación).

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