Ley 27.798

Artículo 40Deudas previsionales (judicial y administrativa)

Texto oficial

Establécese la suma de pesos doscientos doce mil doscientos ochenta y ocho millones ($212.288.000.000) destinada al pago de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa y aquellas deudas previsionales establecidas en los acuerdos transaccionales celebrados en el marco de la Reparación Histórica / Sinceramiento Fiscal y sus modificaciones, de acuerdo con lo estipulado en los incisos a) y b) del artículo 7° de la mencionada ley como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Subsecretaría de la Seguridad Social de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano. Autorízase al Jefe de Gabinete de Ministros, previa intervención del Ministerio de Economía, a ampliar el límite establecido en el presente artículo en la medida que el cumplimiento de las citadas obligaciones así lo requiera. (Nota Infoleg: por art. 3° de la Decisión Administrativa N° 20/2026 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 11/05/2026 se incrementa en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL MILLONES ($500.000.000.000) el límite establecido en el presente destinado al pago de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa y aquellas deudas previsionales establecidas en los acuerdos transaccionales celebrados en el marco de la Reparación Histórica / Sinceramiento Fiscal y sus modificaciones, de acuerdo con lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7° de la citada ley, como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a cargo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO; quedando en consecuencia determinado en la suma de PESOS SETECIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES ($712.288.000.000))

Qué significa en la práctica

Fija la suma destinada al pago de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa.

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