Ley 27.798

Artículo 46Emisión de deuda pública

Texto oficial

Autorízase al órgano responsable de la coordinación de los sistemas de administración financiera a emitir instrumentos de deuda pública hasta alcanzar un importe máximo en circulación de valor nominal de pesos quince billones (V.N. $15.000.000.000.000), para afrontar las emisiones que se realicen durante los meses de noviembre y diciembre de 2026, cuyo vencimiento se produzca en el año 2027 y sean por plazos de amortización inferiores a noventa (90) días.

Qué significa en la práctica

Autoriza la emisión de instrumentos de deuda pública hasta un monto máximo en circulación.

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