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Ley Penal Juvenil
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Art. 28
Ley 27.801
Artículo 28
Dirección del instituto
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Texto oficial
El lugar de alojamiento deberá ser dirigido por personal capacitado.
Qué significa en la práctica
La dirección del instituto donde se alojan adolescentes debe estar en manos de personal capacitado.
Efectos prácticos
•
No es suficiente que el personal de trato sea especializado: la dirección también debe serlo
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