Ley 5.965

Artículo 26Segunda presentación

Texto oficial

El girado puede pedir que la letra le sea presentada para la aceptación, por segunda vez, al día siguiente al de la primera. Los interesados no pueden prevalerse de la inobservancia de este pedido si no ha sido mencionado en el protesto. El portador no está obligado a entregar al girado la letra presentada para la aceptación.

Qué significa en la práctica

El girado puede pedir que la letra se le presente por segunda vez al día siguiente de la primera.

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