Ley 8.871

Artículo 35Presentación de las autoridades el día del comicio

Texto oficial

El día, señalado para la elección por la convocatoria respectiva, los presidentes de comicio y sus suplentes se apersonarán en el local de antemano designado por el Poder Ejecutivo de la Nación, á las 8 antemeridiano, munidos de todos los útiles á que se refiere el

Qué significa en la práctica

El día de la elección, los presidentes y suplentes debían presentarse a las 8 de la mañana en el local designado, con todos los útiles necesarios.

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