Ley 1096/1985

Artículo 10Conversión de límites y márgenes

Texto oficial

En todos los actos jurídicos en que se hubieran fijado autorizaciones o márgenes o límites máximos o mínimos, expresados en pesos argentinos, los mismos se considerarán convertidos a Australes aplicando la escala de conversión contemplada en el artículo 4º según la paridad que corresponda a la fecha de utilización parcial o total de éstos, en la medida de dicha utilización.

Qué significa en la práctica

Los topes, márgenes y autorizaciones fijados en pesos argentinos (por ejemplo, límites de crédito) se convierten a australes según la escala, a la paridad de la fecha en que se usan.

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