Artículo 3Aviso a la Comisión Bicameral Permanente
Texto oficial
Dése cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
Qué significa en la práctica
Ordena dar cuenta del decreto a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso. Es el control que cierra el circuito del Art. 80 — Constitución Nacional: según los considerandos, la Ley de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) regula el trámite y los alcances de la intervención del Congreso respecto de los decretos de promulgación parcial. El Congreso podría revisar la observación; mientras no lo haga, la frase vetada sigue sin vigencia.