Dentro de los NOVENTA (90) días hábiles de la entrada en
vigencia del presente decreto, la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA deberá
presentar al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL los proyectos de las
adecuaciones normativas que resulten necesarias.
Qué significa en la práctica
Da a la Gendarmería Nacional un plazo de 90 días hábiles, desde la entrada en vigencia del decreto, para presentar al Ministerio de Seguridad el proyecto de reglamentación del nuevo Estatuto.