Ley 561/2016

Artículo 10Auditoría por la SIGEN

Texto oficial

Instrúyese a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN para realizar las auditorías previstas en el Capítulo VII de la Ley de Firma Digital. Los certificadores licenciados o en proceso de licenciamiento pertenecientes al sector privado abonarán el arancel de auditoría que fije el ente licenciante.

Qué significa en la práctica

Encomienda a la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) las auditorías de firma digital previstas en la Ley de Firma Digital. Los certificadores privados pagan el arancel de auditoría que fije el ente licenciante.

Ejemplo práctico

La SIGEN audita a un certificador licenciado del sector privado.

Efectos prácticos

  • Asigna a la SIGEN la auditoría de la firma digital.

Normas relacionadas

← Ver en Decreto 561/2016 completaLeyes