El derecho reconocido por el artículo anterior es aplicable a los autores de modelos o diseños industriales creados en el extranjero y a sus sucesores legítimos siempre que sus respectivos países otorguen reciprocidad para los derechos de los autores argentinos o residentes en la Argentina.
Qué significa en la práctica
El derecho se aplica a los autores de diseños creados en el extranjero si su país otorga reciprocidad a los argentinos.