Ley 15/2024

Artículo 177Artículo derogado

Texto oficial

(Artículo derogado por art. 1º de la Resolución General Nº 4/2026 de la Inspección General de Justicia B.O. 26/5/2026. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.)

Qué significa en la práctica

Artículo derogado por el Art. 1 de la Resolución General IGJ 4/2026 (B.O. 26/5/2026), vigente desde el día siguiente al de su publicación.

Normas relacionadas

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